Los Bomberos irán al juzgado por cada salida obligada a la comarca

Desde las doce de la noche de ayer los Bomberos de Santiago sólo prestarán servicio fuera del término municipal cuando reciban una orden expresa de la autoridad competente. Es decir, de la Delegación del Gobierno, del alcalde o de la concejala de Seguridad Ciudadana.

Eso sí, una vez que se haya solucionado esta emergencia, los agentes presentarán la correspondiente denuncia en los juzgados contra el responsable de la actuación fuera del ámbito de su competencia.

Los representantes sindicales recuerdan la sentencia del Tribunal Supremo que anula la creación del parque comarcal, y que si actuaran fuera de Santiago estarían incumpliendo este fallo, que limita su competencia al municipio de Santiago.

En este sentido, hicieron un llamamiento tanto al gobierno local como a los responsables de la Xunta y la Diputación, las tres administraciones implicadas en la creación del parque comarcal, para que asuman la búsqueda de una solución al conflicto.

El fallo judicial establece que los funcionarios, adscritos al cuadro de personal de Santiago no pueden pasar directamente a trabajar en el ámbito comarcal, ya que esto supondría «una alteración» de sus condiciones de trabajo, desde el momento en que «modifica la extensión de su territorio, el número de habitantes a proteger, y además un incremento del riesgo«.

Sobre las repercusiones de la aplicación de la sentencia, el alcalde compostelano, Sánchez Bugallo, recordó que «hay sentencias y hay leyes, y hay una Ley de Emerxencias de Galicia, que establece el procedimiento por el que si se produce una emergencia real, se pueden movilizar para atenderla todos los recursos existentes, incluidos los del parque de Bomberos de Santiago, la Policía Local o cualquier otro servicio público«.

De esta forma, parece garantizada de momento la atención a las emergencias que surjan en la comarca, tanto en lo que se refiere a los incendios como a las labores de excarcelación.

Fuente: El Correo Gallego.es.

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