El juez condena a una constructora por veinte despidos improcedentes

En el marco de un proceso aún abierto, el titular del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago ha dictado veinte sentencias que condenan a Construcciones Carreira y Martínez, bien en solitario o bien junto a varias sociedades con las que comparte domicilio, a readmitir a otros tantos trabajadores despedidos de manera «improcedente». Esa compañía, con sede en el compostelano polígono de Costa Vella, había comenzado a ocupar espacio en prensa el 10 de mayo, después de que UGT acusara a su único dueño y gestor tanto de haberse fugado a Brasil como de adeudar un par de nóminas a la plantilla. A lo largo de las cinco semanas siguientes no cesaron de precipitarse los acontecimientos: el aludido, José Manuel Carreira, replicó al sindicato regresando de América; todos los empleados, aproximadamente 50, perdieron sus puestos; y, ya el 19 de junio, el ex jefe de estos murió a los 48 años por culpa de una grave enfermedad.

Fechados del 1 al 26 de septiembre y notificados a través de sucesivas ediciones del Boletín Oficial de la Provincia entre el 15 de dicho mes y el 14 de octubre, los 20 fallos antes referidos obligan a la firma hallada culpable a reincorporar a su seno «de inmediato» a los demandantes o, en su defecto, a abonarles 110.640 euros en concepto de indemnizaciones desiguales cifradas en un mínimo de 616,8 y un máximo de 14.879. A mayores, el magistrado ordena a la S.?L. que satisfaga al grupo de afectados los salarios dejados de percibir desde que se quedaron en la calle, a razón de pagas diarias que, según el caso, oscilan entre los 37,96 y los 59,35 euros. Hay a quien le corresponde cobrar hasta 9.867.

En fechas próximas, a esta veintena de personas se irán incorporando otras a quienes su señoría, a tenor del criterio aplicado de momento, dará igualmente la razón. De hecho, ayer se celebró en la sala un nuevo juicio oral por este asunto y pronto tendrán lugar los restantes. Asimismo, quedan por despachar aún decenas de pleitos iniciados por iguales denunciantes contra idénticos acusados, pero de naturaleza distinta. A través de esa vía, la del litigio salarial, los despedidos tratarán de ingresar las nóminas que, figurando aún como contratados por la constructora, la dirección de esta no les transfirió.

Dudas sobre la fecha de cobro

¿Y cuándo llegará a manos de los demandantes ese dinero del que ya han sido declarados acreedores? «No podría responder con exactitud», reconoció ayer una abogada que tramita diez de los expedientes. Porque las sentencias, recurribles ante el Tribunal Superior de Xustiza, atraviesan por varias fases antes de materializarse. Hay que comunicarlas, congelarlas a la espera de su aceptación o bien de su cuestionamiento, solicitar que sean ejecutadas… Asimismo, en el desenlace influirán decisivamente otros factores como la actitud de la condenada, su potencial insolvencia y la rapidez con que se desarrolle un hipotético embargo de patrimonio para subasta, entre otros. Quizás hasta sea el Fondo de Garantía Social (Fogasa) quien tenga que acabar sacando la chequera.

Además, para desdicha de una de las partes en esta batalla legal, la postura adoptada por la de enfrente tampoco parece que vaya a contribuir a la consecución de un raudo final. La anécdota formal de que la defensa no haya asistido a ninguna de las vistas celebradas hasta la fecha, ni directamente ni a través de letrados, oculta una estrategia de fondo aparentemente sólida.

Consultado ayer por La Voz acerca de esas ausencias, el abogado que asesoraba en vida a José Manuel Carreira explicó: «Como ya advertí al juzgado, entiendo que hay una nulidad absoluta de procedimiento porque José era administrador único de una sociedad unipersonal de su entera propiedad y, al fallecer, dejó vacía a esta de órgano de administración y, por tanto, de representación. En tanto no haya unos herederos que asuman ese legado, convoquen una junta y modifiquen la composición del órgano, algo que jurídicamente no ha acaecido, nada de lo demás vale». Y espetó: «Se está juzgando y condenando a un español sin ser oído, porque no puede serlo, porque está muerto. Es inaudito». El hijo varón del finado, al igual que la hermana, preguntados al respecto, declinaron manifestarse.

Fuente: La Voz de Galicia.

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